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Ignacio Silos Castro recordó que la ley establece que el pago del aguinaldo debe realizarse antes del 20 de diciembre, “no el 20”
El aguinaldo debe pagarse antes del día 20 de diciembre, por lo que hacerlo justo ese día se considera ya como pago extemporáneo, destacó Ignacio Silos Castro, director general del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
El funcionario estatal recordó que la ley establece que el pago del aguinaldo debe realizarse antes del 20 de diciembre, “no el 20”, por lo que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) comenzará con el operativo a partir de ese día para verificar que las empresas hagan el pago en tiempo y forma.
Señaló que el año pasado fueron atendidas seis quejas por pago extemporáneo de esta prestación laboral, y si bien no hay un sector económico que resalte por incumplimiento, indicó que generalmente ocurre en pequeñas y medianas empresas.
Cuando el aguinaldo no se paga dentro del plazo establecido en la Ley Federal del Trabajo, la empresa se hace acreedora a una multa cuyo monto depende de la cantidad de trabajadores que resulten afectados por el impago, y se cobra a través de la Secretaría de Finanzas.
Indicó que tiene que haber una denuncia por parte del trabajador para que la STPS acuda a realizar una inspección, a raíz de la cual se inicia el procedimiento administrativo para determinar la sanción.
Debido al pago de aguinaldo, la STPS estará en funcionamiento los próximos días, ya que la mayoría de las quejas por impago se reciben entre el 20 y 29 de diciembre, aunque la ley establece plazo de un año para presentar quejas al respecto.







